COLMENA GOLDEN CROSS S.A. CON EMPRESA DE SERVICIOS EXTERNALIZADOS EFFECTIVA SPA
Rol
P-50308-2020
Fecha
9 de julio de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar: - Fecha de término de los servicios del trabajador don PATRICIO ODE FUENTES YURIE, cuyas cotizaciones de salud se cobran en autos. - Si el trabajador don PATRICIO ODE FUENTES YURIE, por el que se persigue cobro de cotizaciones, prestó servicios para la demandada durante los períodos de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2019, y enero y febrero del año 2020. QUINTO: Solo la ejecutada acompaña documental, no objetada, consistente en: 1.- Finiquito del ex – trabajador don Patricio Fuentes Yure, firmado y ratificado por este con fecha 01 de febrero de 2019 ante en la 30° Notaría de Santiago.- 2.- Certificado de pago de cotizaciones previsionales, respecto del ex – trabajador don Patricio Fuentes Yure, emitido con fecha 28/02/2024, por Previred.- Código: SDHPXXXZSXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3.- Copia autorizada, con firme electrónica avanzada de mandato judicial, conferido con fecha 07 de junio del año 2023, ante el Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Rep. N° 15994/2023.- SEXTO: Que, en cuanto al primer hecho a probar, el artículo 31 Bis de la Ley N°17.322, señala “La prescripción que extingue las acciones para el cobro de las cotizaciones de seguridad social, multas, reajustes e intereses, será de cinco años y se contará desde el término de los respectivos servicios." Que, desde la fecha de término de los servicios del trabajador cuyas cotizaciones se cobran en la presente causa, ocurrida el 1 de febrero de 2019, a la fecha en que se tuvo por notificada a la demandada, el 5 de abril de 2024, han transcurrido con creces los 5 años contemplados en la norma precitada por lo que se dará lugar a la excepción de prescripción opuesta por los períodos correspondientes a los meses de 03, 06, 07, 08, 09, 10 y 11/2016; 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 09
Fallo
se resuelve: I.- Que, se acoge la excepción de prescripción por los períodos correspondientes a los meses de 03, 06, 07, 08, 09, 10 y 11/2016; 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 09, 10, 11 y12/2017; 01, 02, 03, 04, 05, 08, 09 y 10/2018. Código: SDHPXXXZSXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que, se acoge la excepción de inexistencia de la prestación de servicios respecto de 13 períodos, entre los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2019, y enero y febrero del año 2020, eliminándose sus cotizaciones. III.- Que no se condena en costas a la ejecutante por no haber existido oposición. Atendido que el apoderado de la demandante, el abogado don ESTEBAN JOSÉ GARCÍA NADAL ha indicado en otras causas seguidas ante este tribunal la dirección de correo electrónico gdinamarca@garcianadal.cl, regístrese con esta fecha en el sistema. Regístrese y archívese en su oportunidad Notifíquese mediante correo electrónico a ejecutante y ejecutada. RIT P50.3082020 Dictado por Yelica Marianella Montenegro Galli Jueza Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Código: SDHPXXXZSXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:gdinamarca@garcianadal.cl 2024-07-09T14:50:28-0400
Texto Completo (Preview)
Santiago a nueve de julio de dos mil veinticuatro PRIMERO: Que ha comparecido COLMENA GOLDEN CROSS S.A., Institución de Previsión Social, con domicilio en Los Militares 4777 torre uno piso quinto, Las Condes, Santiago, e interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de EMPRESA DE SERVICIOS EXTERNALIZADOS EFFECTIVA SPA, RUT 76479792-2, representada legalmente por don HERNÁN YAMIL FUENTES YURIE, c
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