ANONIMIZADO
Rol
68388-2023
Fecha
2 de junio de 2023
Materia
Familia
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó las de primera instancia que rechazó los incidentes de objeción a la liquidación y el de practicar una nueva incluyendo el valor del plan de salud de la actora. Segundo: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo sólo tiene lugar en contra de sentencias definitivas inapelables e interlocutorias inapelables...
Texto Completo (Preview)
Santiago, dos de junio de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó las de primera instancia que rechazó los incidentes d
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