MARTINI BODEVIN CLAUDIO CONTRA JUZGADO DE GARANTÍA DE VILLARICA
Rol
102975-2023
Fecha
1 de junio de 2023
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce lo expositivo de la sentencia en alzada, eliminándose lo demás. Y teniendo, además, presente: 1°) Que el artículo 462 del Código Procesal Penal dispone que el Ministerio Público deberá formular acusación únicamente de haberse desestimado su requerimiento de medida de seguridad y no haber querellante en la causa que se haya opuesto a ese requerimiento, presupuestos que en la especie, no resulta controvertido, no se presentan. 2°) Que, de esa manera, al haber proveído el Tribunal recurrido la acusación del Ministerio Público presentada en subsidio de su requerimiento de medida de seguridad, para que, en base a esa acusación y a la de la parte querellante, se celebre la audiencia de preparación de juicio oral, contraviene derechamente la disposición procesal reseñada y conlleva para el amparado, en definitiva, enfrentar en el juicio oral a un acusador cuya intervención no debió ser admitida. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución, se revoca la sentencia apelada de diecinueve de mayo de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, en el Ingreso Corte N° 96-2023 y, en su lugar, se acoge la acción de amparo interpuesta en favor de Claudio Marcelo Martini Bodevin, sólo en cuanto, el Ministerio Público no podrá participar como interviniente en la audiencia de preparación del juicio oral ni en el juicio oral seguido contra el imputado en el procedimiento ordinario, debiendo ser sostenida la acusación únicamente por la parte querellante, como prescribe el artículo 462 del Código Procesal Penal. Regístrese y devuélvase, sin perjuicio, ofíciese. Rol N° 102.975-23
Texto Completo (Preview)
Santiago, uno de junio de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce lo expositivo de la sentencia en alzada, eliminándose lo demás. Y teniendo, además, presente: 1°) Que el artículo 462 del Código Procesal Penal dispone que el Ministerio Público deberá formular acusación únicamente de haberse desestimado su requerimiento de medida de seguridad y no haber querellante en la causa que se haya opuest
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica