C.A. de Concepción

GARCES GALLARDO JUAN CONTRA JUZGADO DE GARANTÍA DE TALCAHUANO.

Rol

87799-2023

Fecha

26 de mayo de 2023

Materia

Criminal

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su motivo cuarto. Y teniendo en su lugar y además presente: 1.- Que, como lo ha sostenido previamente esta Corte en el pronunciamiento Rol N° 50.850-2023, de fecha 31 de marzo del año en curso, la actuación procesal del ente persecutor denominada como “reformalización”, corresponde a una institución que no se encuentra expresamente consagrada en el Código Procesal Penal, la que, por ende, resulta ajena al ordenamiento jurídico nacional -pese a ser efectivo que la misma es comúnmente utilizada y aceptada en la práctica judicial-, por lo que mal puede tener la aptitud de restringir o afectar las garantías fundamentales de los imputados. 2.- Que, en ese entendido, la actuación procesal que el Ministerio Público denomina reformalización, solo tiene cabida en la medida que no altere el núcleo sustancial de los cargos que fueron comunicados al imputado, esto es, siempre y cuando no incorpore hechos nuevos a la imputación, debiendo únicamente limitarse a precisar aquellos que fueron objeto de la primitiva formalización. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se confirma la sentencia apelada de quince de mayo de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, en el Ingreso Corte N° 172-2023, con declaración que en la audiencia que se llevará a efecto el día 05 de junio de 2023, ante el Juzgado de Garantía de Talcahuano, en los autos Rit N° 5.734-2019, la reformalización de la investigación de que será objeto el amparado Juan Eduardo Garcés Gallardo, no podrá incorporar hechos nuevos, debiendo limitarse a precisar aquellos que han sido objeto de la comunicación original. Se previene que el Ministro Sr. Zepeda estuvo por confirmar el fallo en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. Rol N° 87.799-2023.

Fallo

fallo en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. Rol N° 87.799-2023.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veintitrés. A los escritos folios 113522-2023, 118752-2023 y 118797-2023: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su motivo cuarto. Y teniendo en su lugar y además presente: 1.- Que, como lo ha sostenido previamente esta Corte en el pronunciamiento Rol N° 50.850-2023, de fecha 31 de marzo del año en cur

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