Segundo Juzgado Especializado de Familia de Cajamarca.

ANONIMIZADO

Rol

81462-2023

Fecha

24 de mayo de 2023

Materia

Familia

Resultado

DÉSE CURSO, REMÍTASE EXHORTO AL

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Civil, dése curso al presente exhorto y remítanse estos antecedentes al juzgado de familia competente en la ciudad de Bulnes, Región de Ñuble. Regístrese y ofíciese. Nº81.462-23.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Civil, dése curso al presente exhorto y remítanse estos antecedentes al juzgado de familia competente en la ciudad de Bulnes, Región de Ñuble. Regístrese y ofíciese. Nº81.462-23.-

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica