1º JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO

SOLAR BEAZER MARGARITA CON BANCO SANTANDER-CHILE (O)

Rol

41069-2021

Fecha

23 de mayo de 2023

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

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Hechos

VISTO: En estos autos Rol N°3.298-2017, seguidos ante el 1° Juzgado Civil de Valparaíso, sobre juicio ordinario de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, caratulados “Solar Beazer Margarita / Banco Santander-Chile”, por sentencia de veintiuno de octubre de dos mil veinte, se rechazó la demanda, sin costas. La demandante apeló de dicho pronunciamiento y una Sala de la Corte de Apelaciones de esa ciudad, por fallo de veintiocho de mayo de dos mil veintiuno la confirmó. En su contra, la demandante interpuso recurso de casación en el fondo. Se ordenó traer los autos en relación.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de nulidad sustancial acusa como infringidos los artículos 426, 427, 428, 342 y siguientes, 356 y siguientes, 764, 765, 767, 770, 771, 772 y otros pertinentes (sic) del Código de Procedimiento Civil; los artículos 1556, 2284, 2314, 2316, 2320 y 2329 del Código Civil y el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República. El libelo denuncia una “Grave infracción a las leyes reguladoras de la prueba” y se remite al considerando décimo tercero del

Fallo

fallo de veintiocho de mayo de dos mil veintiuno la confirmó. En su contra, la demandante interpuso recurso de casación en el fondo. Se ordenó traer los autos en relación. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de nulidad sustancial acusa como infringidos los artículos 426, 427, 428, 342 y siguientes, 356 y siguientes, 764, 765, 767, 770, 771, 772 y otros pertinentes (sic) del Código de Procedimiento Civil; los artículos 1556, 2284, 2314, 2316, 2320 y 2329 del Código Civil y el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República. El libelo denuncia una “Grave infracción a las leyes reguladoras de la prueba” y se remite al considerando décimo tercero del fallo de primer grado, referido al daño moral, el cual no comparte, al minimizarse los efectos del daño moral sufrido por su representada y estimar el tribunal que el sufrido por su representada no es un daño indemnizable, lo que considera una “aberración jurídica” (sic) al no tratarse de un hecho generalizado sino que uno puntual y concreto, además de no haberse expuesto la actora a aquel y que tampoco lo buscó, siendo la recurrida y demandada quien la puso en la situación de aflicción, de manera culpable y que su representada fue quien debió soportar las consecuencias dañosas, en su esfera moral, añadiendo el hecho de no ser la demandante cualquier persona, sino que la Directora de la Teletón, cargo gerencial que exige la máxima probidad, tanto fuera como dentro de la institución, viéndose su imagen personal manci

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de mayo de dos mil veintitrés. VISTO: En estos autos Rol N°3.298-2017, seguidos ante el 1° Juzgado Civil de Valparaíso, sobre juicio ordinario de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, caratulados “Solar Beazer Margarita / Banco Santander-Chile”, por sentencia de veintiuno de octubre de dos mil veinte, se rechazó la demanda, sin costas. La demandan

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