MARIA GAJARDO UGAS CON LEONARDO CHAMORRO GARRIDO
Rol
80087-2023
Fecha
22 de mayo de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo bajo el Rol C-4117-2019, caratulado “Gajardo con Chamorro”, la parte ejecutante deduce recurso de casación en el fondo en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel de fecha trece de abril de dos mil veintitrés, que confirmó -con declaración- la de primer grado de quince de febrero de dos mil veintitrés que rechazó su objeción de costas personales. Pide que se invalide la resolución recurrida o se falle lo que esta Corte estime pertinente. Segundo: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. Tercero: Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no se trata de una sentencia definitiva, ni tampoco se trata de una sentencia interlocutoria inapelable que haya puesto fin al juicio o haga imposible su continuación, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por la abogada Catalina López Albornoz, en representación de la ejecutante, en contra de la resolución de fecha trece de abril de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 80.087-2023
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por la abogada Catalina López Albornoz, en representación de la ejecutante, en contra de la resolución de fecha trece de abril de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 80.087-2023
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintidós de mayo de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo bajo el Rol C-4117-2019, caratulado “Gajardo con Chamorro”, la parte ejecutante deduce recurso de casación en el fondo en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel de fecha trece de abril de dos mil veintitrés, que confirmó -con declaración- la de primer grado de quince de febrero de dos mil veintitrés que rechazó su objeción de costas personales. Pide que se invalide la resolución
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