MANDUJANO GUILLEN LUZ MARIA Y OTROS / MANDUJANO GUILLEN EUGENIA MARIA TERESA
Rol
69147-2023
Fecha
18 de mayo de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento arbitral sobre partición, caratulado “Mandujano Guillen Luz María y Otros/ Mandujano Guillen Eugenia María Teresa”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, interpuesto por la demandada en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de diecisiete de marzo último, que declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por su parte. 2° Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que procede el recurso de casación en el fondo en contra de sentencias definitivas e interlocutorias inapelables, cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esa infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3º Que la resolución impugnada por esta vía no comparte la naturaleza de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto término al juicio o ha hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos, no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación el fondo, interpuesto por el abogado Alejandro Lewin Puyol, en representación de las demandadas María Isabel Mandujano Guillén y María Soledad Mandujano Guillén, en contra de la resolución de diecisiete de marzo último, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase. N° 69.147-2023
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación el fondo, interpuesto por el abogado Alejandro Lewin Puyol, en representación de las demandadas María Isabel Mandujano Guillén y María Soledad Mandujano Guillén, en contra de la resolución de diecisiete de marzo último, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase. N° 69.147-2023
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciocho de mayo de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento arbitral sobre partición, caratulado “Mandujano Guillen Luz María y Otros/ Mandujano Guillen Eugenia María Teresa”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, interpuesto por la demandada en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de diecisiete de marzo último, que declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por su parte. 2° Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que procede el rec
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