C.A. de Santiago

ALBARRÁN RAMÍREZ MANUEL YSAAC CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES-MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA INTERIOR

Rol

83664-2023

Fecha

16 de mayo de 2023

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que, en cuanto a la anotación en el extracto de filiación y antecedentes del amparado, derivado de la condena impuesta y que sirvió de antecedente para el rechazo de la petición de regularización migratoria efectuada a su respecto, por resolución de 19 de octubre de 2022, pronunciada por el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, se ordenó dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38, inciso tercero de la Ley 18.216, al haberse cumplido la sanción impuesta, y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de cinco de mayo de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 814-2023., y en su lugar se decide que se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor del ciudadano extranjero Manuel Ysaac Albarrán Ramírez solo en cuanto se deja sin efecto la orden de abandono dispuesta en la Resolución Exenta N° 23123510, de 28 de abril de 2023, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y devuélvase. N° 83.664-2023

Fallo

se decide que se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor del ciudadano extranjero Manuel Ysaac Albarrán Ramírez solo en cuanto se deja sin efecto la orden de abandono dispuesta en la Resolución Exenta N° 23123510, de 28 de abril de 2023, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y devuélvase. N° 83.664-2023

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veintitrés. Al escrito folio 107612-2023: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. A los escritos folios 107618-2023 y 107762-2023: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente: Que, en cuanto a la anotación en el extracto de filiación y antecedentes del amparado, derivado de la condena impuesta y que sirvió de an

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