1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN FELIPE

EXPORTADORA AGROFRUIT LTDA./CORTE APELACIONES VALPARAÍSO

Rol

80524-2023

Fecha

16 de mayo de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE HECHO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Que Juan Eduardo Echeverría Griffin, abogado, en representación de la parte demandada, en los autos seguidos ante el 1° Juzgado de Letras de San Felipe, caratulados “Gründeman & Harder Versicherungsmakler Marine-Insurance-Consulting GMBH con Exportadora Agrofruit Limitada”, Rol de Ingreso Corte de Apelaciones de Valparaíso N° Civil-634-2023, deduce recurso de hecho con fecha diez de mayo en curso en contra de la resolución de veintisiete de abril del mismo, pronunciada por dicha Corte, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por dicha parte en contra de la sentencia de fecha veinte de diciembre de dos mil veintidós. 2°- Que como se advierte el presente arbitrio resulta ser extemporáneo pues fue interpuesta al décimo día de dictada la resolución que lo motiva, y no al quinto como establece la ley. 3°.- Que, a lo anterior debe agregarse que, el recurso de hecho está previsto para ser conocido por un tribunal de segundo grado, es decir, por aquel que resulta competente para resolver del recurso de apelación que lo motiva. 4°- Que en conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código Orgánico de Tribunales, la Corte Suprema es -en general- un tribunal de casación, y sólo por excepción constituye un tribunal de segunda instancia, para aquellos casos en que la ley expresamente así lo ha dispuesto. 5°- Que examinados los antecedentes se observa que el caso propuesto no se aviene con la competencia asignada a esta Corte Suprema ni se encuentra comprendido en alguna de las hipótesis de excepción en que conoce de los asuntos como tribunal de alzada, motivo por el cual el recurso de hecho deducido es improcedente. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho deducido por Juan Eduardo Echeverría Griffin. Regístrese y archívense. Nº 80.524-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho deducido por Juan Eduardo Echeverría Griffin. Regístrese y archívense. Nº 80.524-2023.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°.- Que Juan Eduardo Echeverría Griffin, abogado, en representación de la parte demandada, en los autos seguidos ante el 1° Juzgado de Letras de San Felipe, caratulados “Gründeman & Harder Versicherungsmakler Marine-Insurance-Consulting GMBH con Exportadora Agrofruit Limitada”, Rol de Ingreso Corte de Apelaciones de Va

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