JUZGADO DE LETRAS DE YUNGAY

ÁLVAREZ/PULGAR

Rol

69027-2023

Fecha

15 de mayo de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento ordinario tramitado ante el Juzgado de Letras de Yungay, bajo el rol C-254-2021, caratulado “Álvarez/Pulgar”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán, de once de abril último, que revocó la resolución de uno de diciembre de dos mil veintidós, por medio de la cual se rechazó el alzamiento de la medida precautoria, y en su lugar, se accedió a la mencionada petición. 2° Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que procede el recurso de casación en el fondo en contra de sentencias definitivas e interlocutorias inapelables, cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esa infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no reviste la naturaleza jurídica de aquellas a que se refiere el mencionado artículo 766 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual no resulta procedente la casación en examen. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso en el fondo, interpuesto por el abogado Marco Antonio Aróstica Mella por la parte demandante, en contra de la sentencia de once de abril último, dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán. Regístrese y devuélvase. N° 69.027-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso en el fondo, interpuesto por el abogado Marco Antonio Aróstica Mella por la parte demandante, en contra de la sentencia de once de abril último, dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán. Regístrese y devuélvase. N° 69.027-2023.

Texto Completo (Preview)

Santiago, quince de mayo de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento ordinario tramitado ante el Juzgado de Letras de Yungay, bajo el rol C-254-2021, caratulado “Álvarez/Pulgar”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán,

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