DIEZ/IMPORTADORA INDUSTRIAL SAFETY SPA
Rol
J-64-2024
Fecha
10 de mayo de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 19 de Enero de 2024, compareció don RODRIGO ALEJANDRO DIEZ TRUCCO, ingeniero comercial, con domicilio en calle Chesterton N° 7172, departamento 61, Comuna de Las Condes, quien interpuso demanda en juicio ejecutivo en contra de IMPORTADORA INDUSTRIAL SAFETY SpA, representada legalmente por don PABLO ANTONIO EMBRY ESPADA, ignora profesión, ambos domiciliados en calle Los Orfebres N° 346, comuna de La Reina Fundó su demanda en que con fecha 01 de Agosto de 2020, había comenzado a trabajar para la ejecutada, bajo vínculo de subordinación y dependencia, en calidad de director comercial, función que desempeñó en el domicilio señalado precedentemente. Dicha relación laboral, habría finalizado el día 31 de Mayo de 2023, por mutuo acuerdo de las partes. Explica, que los montos acordados por concepto de indemnizaciones serian el feriado proporcional por las suma de $1.089.797.- e indemnización por años de servicios por la suma de $5.481.368.- Hizo presente que, con fecha 01 de Junio de 2023, habría suscrito un nuevo contrato de trabajo con su ex empleadora, el cual finalizó el día 01 de Septiembre de 2023, por renuncia voluntaria, comprometiéndose su ex empleadora a pagar la suma de $295.877.-, por concepto de feriado proporcional, por lo que el total adeudado ascendería a la suma de $6.867.042.- Agrega que ambos finiquitos nunca fueron cancelados por lo que habría presentado el correspondiente reclamo ante la Inspección del Trabajo y con fecha 20 de Octubre de 2023. Dice que se llevó a cabo audiencia de conciliación y su empleadora reconoció las sumas adeudadas, de lo cual quedo constancia en acta firmada por ambas partes y por el Inspector Conciliador y se fijó una nueva audiencia para el día 05 de Diciembre de 2023 a fin de que la ejecutada aportara antecedentes tendientes a acreditar el pago de las cotizaciones previsionales, no compareciendo la ejecutada, quedando habilitado para demandar por los finiquitos adeudados. Finaliza solicitando tener por in
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, será materia de esta litis determinar la efectividad que la suma, cuyo cobro se persigue en estos autos, se encuentra pagada, monto y fecha en que se efectuó el pago. SEGUNDO: Que, la ejecutada no allegó prueba. TERCERO: Que, la ejecutante no allegó prueba. CUARTO: Que, el artículo 1568 del Código Civil establece que: “el pago efectivo es la prestación de lo que se debe”. QUINTO: Que respecto a la efectividad que la suma, cuyo cobro se persigue en estos autos, se encuentra pagada, monto y fecha en que se efectuó el pago, teniendo presente que la ejecutada no rindió prueba alguna tendiente a acreditar el pago de las prestaciones contenida en el acta de comparendo de conciliación de fecha 30 de Noviembre de 2023, que sirve de base para la presente ejecución, siendo de su cargo hacerlo, por lo que no es posible formar convicción en relación al pago alegado como sustento de la excepción opuesta, por lo que solo cabe rechazar la excepción de pago deducida por la ejecutada con fecha 26 de Marzo de 2024. Código: HPWPXNDXXZL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEXTO: Que, incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquéllas o ésta. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 464 y 470 del Código del Trabajo; artículos 1568 y 1591 del Código Civil; artículos 144, 160 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se rechaza la excepción alegada por la demandada con fecha 26 de Marzo de 2024, consistente en el “pago de la deuda”, debiendo continuarse con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago al ejecutante. II.- Que, se condena en costas a la parte ejecutada, por haber resultado totalmente vencida. Regístrese y Notifíquese a las partes, vía correo electrónico. RIT: J-64-2024 RUC: 24-3-0021092-5 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Santiago a diez de Mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. gzr Código: HPWPXNDXXZL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-10T10:19:47-0400
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Santiago, diez de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 19 de Enero de 2024, compareció don RODRIGO ALEJANDRO DIEZ TRUCCO, ingeniero comercial, con domicilio en calle Chesterton N° 7172, departamento 61, Comuna de Las Condes, quien interpuso demanda en juicio ejecutivo en contra de IMPORTADORA INDUSTRIAL SAFETY SpA, representada legalmente por don PABLO ANTONIO EMBRY ESPADA, ignora profe
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