ANONIMIZADO
Rol
47792-2023
Fecha
10 de mayo de 2023
Materia
Familia
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el denunciado contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que confirmó la del grado que se declaró incompetente para conocer de la denuncia por violencia intrafamiliar, sin perjuicio de disponer medida cautelar y remitió los antecedentes al Ministerio Público. Segundo: Que según lo dispone el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables e interlocutorias inapelables...
Texto Completo (Preview)
Santiago, diez de mayo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el denunciado contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que confirmó la del grado que se declaró incompetente para conocer de la denuncia por viol
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