MATURANA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JAVIER
Rol
C-12-2024
Fecha
7 de mayo de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: 1° Que en su escrito de fecha 20 de abril del corriente, el abogado don Pedro Ignacio Pe a S nchez ñ á por el demandante, objeta la liquidaci nó laboral practicada con fecha 16 de abril del presente a oñ , se alando que existeñ un error en la fecha de la prestaci n “Recargos”, por cuanto estos deben seró contados desde la misma fecha que el resto de las prestaciones, esto es, un mes anterior al t rmino de la relaci n laboral.é ó Por consiguiente solicita se tenga por objetada la liquidaci n de fecha 16ó de abril de 2024, a fin de que se corrijan los errores en la misma, dando estricto cumplimiento a lo determinado por el Tribunal en sentencia definitiva. 2° Que con esta fecha, se tuvo por evacuado el traslado en rebeld a de laí parte demandada. 3° Que la sentencia de reemplazo dictada con fecha 14 de febrero de 2024, declar que, “ó se acoge la demanda presentada por don Pedro Alexis Maturana Valenzuela en contra de la Municipalidad de San Javier, por lo que la relaci n que vincul a las partes en forma continua desde el 24 de mayo deó ó 2014 al 31 de diciembre de 2021, fue de naturaleza laboral, y que el despido fue injustificado. Condenando a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones: 1. Sustitutiva del aviso previo: $1.025.570; 2. Por siete a osñ de servicios y fracci n superior a seis meses: $8.204.560; 3. Recargo legal deló 50%: $4.102.280; 4. Feriado legal: $5.127.850 y; 5. Feriado proporcional: $481.544. Que las sumas se aladas precedentemente deber n pagarse con losñ á reajustes e intereses correspondientes desde que quede ejecutoriada la presente Código: PNPXXNWXTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl resoluci n, en conformidad a lo dispuesto en los art culos 63 y 173 del C digoó í ó del Trabajo.” 4° Que analizada la liquidaci n en cu
Fallo
se declara que: ó á SE RECHAZA la objeci n de liquidaci n deducida por el demandanteó ó en su presentaci n de 20 de abril de 2024, sin costas. ó Notif quese por correo electr nico. í ó RIT: C122024 RUC: 22403878867 Provey la Juezaó del Juzgado de Letras de San Javier, quien suscribe con firma electr nica avanzada.ó En San Javier a siete de mayo de dos mil veinticuatro, se notific por eló estado diario la resoluci n precedente. (prp)ó Código: PNPXXNWXTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-07T13:14:55-0400
Texto Completo (Preview)
San Javier, siete de mayo de dos mil veinticuatro. Por evacuado el traslado en rebeld a de la parte demandada. Autos paraí resolver. Resolviendo objeci n de liquidaci n, presentada por la parteó ó demandante en su escrito de fecha 20 de abril de 2024: VISTOS: 1° Que en su escrito de fecha 20 de abril del corriente, el abogado don Pedro Ignacio Pe a S nchez ñ á por el demand
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