Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Santiago

MARCANO/SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A

Rol

C-341-2024

Fecha

3 de mayo de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Luego de un mejor estudio de los antecedentes, y atendido lo dispuesto en el artículo 465 del Código del Trabajo, y en el artículo 138 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, tomando en especial consideración que el ejecutado efectuó el pago de acreencia perseguida en autos en la misma fecha que se dictó el requerimiento de pago, se acoge la objeción intentada, sólo en cuanto se modifica el monto a que asciende la regulación de las mismas, fijándose estas en la suma de $100.000 (cien mil pesos).- Póngase en conocimiento de las partes, y téngase por aprobadas si no fueren objetadas dentro de tercero día RIT: C-341-2024 RUC: 23-4-0476442-K Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Santiago a dos de mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Ivb Código: RHHBXNTQQYH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: RHHBXNTQQYH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-03T15:17:44-0400

Texto Completo (Preview)

Santiago, tres de mayo de dos mil veinticuatro. Ténganse por evacuado los traslados conferidos con fecha 12 de marzo del año en curso en rebeldía de ambas partes, al no haberse evacuado por ninguno de ellos. Proveyendo escrito de fecha 25 de abril de 2024: Estese a lo que se resolverá. Proveyendo derechamente el escrito de fecha 07 de marzo de 2024: Atendido el mérito de lo expuesto por el apode

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