JUZGADO DE LETRAS DE SAN VICENTE

BANCO DE CHILE CON GONZÁLEZ

Rol

47637-2023

Fecha

5 de mayo de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este juicio ejecutivo de cobro de pagaré seguido ante el Juzgado de Letras de San Vicente bajo el ROL C-837-2021, caratulado “Banco de Chile con González”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la ejecutada en contra de la sentencia de veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, que confirmó la de primer grado de veintidós de julio de dos mil veintidós, que rechazó las excepciones de los numerales 7 y 14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que el recurrente funda su arbitrio de nulidad -en relación a la excepción de falta de requisitos del título- en que no consta el pagaré en el proceso, vulnerándose con ello lo dispuesto en el artículo 464 N° 7 y 434 N° 4 del Código de Procedimiento Civil. Respecto de la excepción de nulidad, postula que el ejecutante se extralimitó al suscribir el pagaré por montos no autorizados por el deudor y mandante, con lo cual infraccionó los artículos 464 N° 14 y 434 N° 4 del Código de Procedimiento Civil en relación con artículo 2116 del Código Civil, así como la letra g) del artículo 17B de la Ley N° 19496. Finaliza solicitando que se invalide la sentencia y se dicte la de reemplazo que acoja las excepciones interpuestas, con costas. Tercero: Que, respecto al primer capítulo de nulidad sustancial referente a la excepción del N° 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, el vicio no se puede configurar pues va contra un hecho que consta de la tramitación, desde que el pagaré se encuentra en custodia en el tribunal de primera instancia conforme con el certificado de fecha 12 de octubre de 2021. En lo relativo a la excepción de nulidad del artículo 464 N° 14 del Código de Procedimiento Civil, el artículo 772 N°1 del mismo cuerpo de leyes, sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escr

Fallo

fallo recurrido. Y al no hacerlo genera un vacío que la Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado, razón por la cual no se le dará tramitación por este primer capítulo de nulidad. Quinto: Que, en las condiciones anotadas, el segundo capítulo de nulidad también deberá rechazarse, y -en consecuencia- declararse inadmisible en su totalidad el arbitro de nulidad sustancial intentado. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767, 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Bruno Aguilar Veloso, en representación de la ejecutada, en contra de la sentencia de veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua. Regístrese y devuélvase. Nº 47.637-2023.

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Santiago, cinco de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este juicio ejecutivo de cobro de pagaré seguido ante el Juzgado de Letras de San Vicente bajo el ROL C-837-2021, caratulado “Banco de Chile con González”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la ejecutada en contra de la sentencia de veinticuatro de

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