SÁNCHEZ/NAVIERA Y SERVICIOS AQUISERV LIMITADA
Rol
C-54-2024
Fecha
7 de mayo de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que la ejecutada ha opuesto las excepciones de pago de la deuda y de finiquito, fundada en que el finiquito suscrito entre el trabajador demandante, don José Antonio Sánchez Salazar, y la demandada Naviera y Servicios Aquiserv Limitada, con fecha 23 de noviembre de 2023, fue ratificado por el actor ante Notario, renunciando expresamente a cualquier acción de origen laboral, legal y contractual, derivada de la relación laboral que las unió. 2°) Que las excepciones opuestas serán rechazadas,
Fundamentos
considerando en primer término, que el trabajador hizo uso de reserva de derechos, estampado en el texto de finiquito que acompaña a la demandada ejecutiva y, en segundo término, que la ejecutada fue condenada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, objeto de la presente ejecución, por sentencia firme y ejecutoriada, la que no fue reclamada la etapa declarativa, oportunidad en la que la demandada debió hacer las alegaciones pertinentes.
Fallo
Por estas argumentaciones y visto además lo dispuesto en los artículos 462 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que SE RECHAZAN las excepciones de pago y de finiquito, opuestas por la ejecutada con fecha 21 de marzo del año en curso y, en consecuencia, se ordena proseguir con la ejecución, hasta el íntegro pago de lo adeudado. II. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte ejecutada, regulándose las personales en 1/2 Ingreso mínimo mensual para efectos remuneracionales (IMMR). Notifíquese por correo electrónico, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. RIT: C-54-2024 RUC: 24-4-0545944-9 Resolvió don CLAUDIO MARCELO OSORIO LLANOS, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, quien suscribe con firma electrónica avanzada. Código: CWPDXNHYDBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Certifico que notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Puerto Montt, siete de mayo de dos mil veinticuatro. /jka Código: CWPDXNHYDBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-07T16:02:10-0400
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, siete de mayo de dos mil veinticuatro. Proveyendo solicitud efectuada con fecha 30 de abril de 2024: Estese a lo que se resolverá a continuación. Resolviendo la excepción de pago y de finiquito, opuesta por la ejecutada en la presentación de fecha 21 de marzo de 2024: Vistos y teniendo presente: 1°) Que la ejecutada ha opuesto las excepciones de pago de la deuda y de finiquito, fun
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