ENRÍQUEZ PALACIOS IBET CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
68480-2023
Fecha
26 de abril de 2023
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de diecisiete de abril de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 368-2023. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos, quien estuvo por revocar el fallo en alzada y, consecuencialmente, acoger la acción de amparo intentada, para los efectos que la autoridad administrativa otorgue a la amparada un nuevo plazo de noventa días para materializar su ingreso a territorio nacional, teniendo presente para ello que el impedimento a que se encuentra afecta doña Ibet Enríquez Palacios para salir de su país constituye una circunstancia de fuerza mayor que escapa a sus posibilidades de control, por lo que eventualmente de expirar el término concedido para hacer efectiva su visa temporal de reunificación familiar ello podría significar un impedimento para entrar a nuestro país y concretar la reunificación con su cónyuge, lo que configura una amenaza para su libertad personal y seguridad individual que amerita acoger el presente arbitrio constitucional otorgando la prórroga del plazo solicitada. Regístrese y devuélvase. Rol N° 68.480-2023
Fallo
fallo en alzada y, consecuencialmente, acoger la acción de amparo intentada, para los efectos que la autoridad administrativa otorgue a la amparada un nuevo plazo de noventa días para materializar su ingreso a territorio nacional, teniendo presente para ello que el impedimento a que se encuentra afecta doña Ibet Enríquez Palacios para salir de su país constituye una circunstancia de fuerza mayor que escapa a sus posibilidades de control, por lo que eventualmente de expirar el término concedido para hacer efectiva su visa temporal de reunificación familiar ello podría significar un impedimento para entrar a nuestro país y concretar la reunificación con su cónyuge, lo que configura una amenaza para su libertad personal y seguridad individual que amerita acoger el presente arbitrio constitucional otorgando la prórroga del plazo solicitada. Regístrese y devuélvase. Rol N° 68.480-2023
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintitrés. Al escrito folio 89387-2023: téngase presente. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de diecisiete de abril de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 368-2023. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos, quien estuvo por revocar el fallo en alzada y, consecuencialmente, aco
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