TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTA CRUZ

MP C/ LUIS ALEJANDRO MOSCOSO VILCHES

Rol

Fecha

17 de junio de 2026

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

VISTOS: Atendido lo expuesto y que la parte recurrente no compareció presencialmente a la audiencia para sostener su recurso, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 inciso segundo del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación interpuesto por la abogada defensora privada doña Mariana Bakker Belmar, en contra de la sentencia de ocho de mayo de dos mil veintiséis, dictada en la causa RIT 13-2026, por el Tribunal de Juicio Oral de Santa Cruz Se pone término a la audiencia firmando el Tribunal al pie de la presente resolución. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 512-2026 Penal

Fallo

por tanto, concurrir presencialmente a las dependencias de esta Corte para sostener su recurso, cuestión que no hizo, circunstancia de la que da cuenta la Sra. Relatora en su calidad de ministro de fe. La Corte resolvió: VISTOS: Atendido lo expuesto y que la parte recurrente no compareció presencialmente a la audiencia para sostener su recurso, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 inciso segundo del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación interpuesto por la abogada defensora privada doña Mariana Bakker Belmar, en contra de la sentencia de ocho de mayo de dos mil veintiséis, dictada en la causa RIT 13-2026, por el Tribunal de Juicio Oral de Santa Cruz Se pone término a la audiencia firmando el Tribunal al pie de la presente resolución. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 512-2026 Penal

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, diecisiete de junio de dos mil veintiséis. Siendo las 13:10 horas, ante la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones, integrada por el Ministro Sr. Miguel Ángel Santibáñez Artigas, Fiscala Judicial Andrea Alfaro de la Fuente, y la abogada integrante Sra. Ximena Coluccio Bueno, se lleva a efecto la audiencia pública del recurso de nulidad deducido en contra de la s

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