1º JUZGADO DE LETRAS DE MELIPILLA

RAMCKE/SOCIEDAD CONSTRUCTORA TERRADA LIMITADA

Rol

Fecha

17 de junio de 2026

Materia

MONITORIO-PRECARIO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor a la demanda monitoria, cuyo no es el caso de autos, toda vez que se recurre de aquella que rechazó el incidente de nulidad, por lo que se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución del pasado tres de junio, dictada en la causa rol C-1086-2025 del Primer Juzgado de Letras de Melipilla.  Devuélvase por interconexión y, hecho, archívese.  Rol N°1328-2026 Civil

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución del pasado tres de junio, dictada en la causa rol C-1086-2025 del Primer Juzgado de Letras de Melipilla.  Devuélvase por interconexión y, hecho, archívese.  Rol N°1328-2026 Civil

Texto Completo (Preview)

CH (adb) San Miguel, diecisiete de junio de dos mil veintiséis. Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor a la demanda monitoria, cuyo no es el caso de autos, toda vez que se recurre de aquella que rechazó el incidente de nul

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