JUZGADO DE GARANTIA DE SANTA CRUZ

MP C/ JAIME ANDRES GODOY GONZALEZ

Rol

Fecha

16 de junio de 2026

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1° Que, en la presente causa corresponde conocer el recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Santa Cruz, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Jaime Andrés Godoy González, quien se encuentra acusado por un delito consumado de Robo en Lugar Habitado previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal. 2° Que, conforme al tenor del recurso de apelación y las alegaciones vertidas en estrados, resulta necesario precisar que la defensa cuestionó tanto el presupuesto material (participación), como la necesidad de cautela respecto del delito formalizado, alegando que el único antecedente incriminatorio es la declaración de la coimputada, la que es insuficiente, máxime si en la respectiva audiencia de preparación de juicio oral se excluyó -en forma temática- la referencia a su testimonio. 3° Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo señalado por los intervinientes en estrados, cabe señalar las alegaciones hechas valer por la defensa, dicen relación más bien con la valoración que pretende se haga de la prueba, discusión que corresponde a una etapa procesal diversa a la de este debate de mantención de medida cautelar, donde lo que se revisa es si existen antecedentes nuevos que hagan variar la situación cautelar del imputado y que hagan modificar lo resuelto por esta Corte en el ingreso corte 414-2026 del libro penal. 4° Que, de esta forma,

Fundamentos

considerando especialmente la existencia de la declaración incriminatoria de la coimputada Virginia Soledad Ramírez Albornoz, que vincula al encartado Godoy González en la ejecución de los hechos investigados, y que la valoración de su eventual testimonio corresponde al tribunal de fondo, lo que unido a la proximidad de la audiencia de juicio oral, todo lo que da cuenta que los antecedentes hasta ahora reunidos son suficientes para mantener la prisión preventiva, sin que se hubiere demostrado una variación de las circunstancias, ni tampoco poner en duda la concurrencia de las exigencias del artículo 140 del Código Procesal Penal, máxime cuando la defensa reconoce en estrados que no cuenta con antecedentes formales que acrediten un arraigo, social y laboral que permita evaluar una cautelar diversa, razones todas que llevan a mantener lo resuelto por el juez del grado.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de doce de junio de dos mil veintiséis, dictada en la causa RIT 349-2026, por el Juzgado de Garantía de Santa Cruz. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 587-2026.Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, dieciséis de junio de dos mil veintiséis. Vistos: 1° Que, en la presente causa corresponde conocer el recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Santa Cruz, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Jaime Andrés Godoy González, quien se encuentra acusado por un deli

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