ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE S.A. CON SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA PALO NEGRO
Rol
P-468-2012
Fecha
5 de abril de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y considerando. Lo previsto en la Ley 17.322, sobre juicios ejecutivos de cobranza laboral, artículo 153 del Código de Procedimiento Civil y no cumpliéndose, en la especie, con los requisitos legales para poder declarar el abandono del procedimiento en estos autos, SE RESUELVE: No ha lugar a lo solicitado. Notifíquese a las partes vía correo electrónico. Código: XBZLXMDXVXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT: P-468-2012 RUC: 12-3-0193769-3 Proveyó doña DIANA MARIM CASEAÑESA, Jueza (s)del Juzgado de Letras de Vicuña, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Vicuña a cinco de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: XBZLXMDXVXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-05T10:14:16-0300
Fallo
se declarare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la presente causa, requerimiento que fue declarado inadmisible por dicho Tribunal con fecha 24 de enero de 2024. Por lo expuesto. Vistos y considerando. Lo previsto en la Ley 17.322, sobre juicios ejecutivos de cobranza laboral, artículo 153 del Código de Procedimiento Civil y no cumpliéndose, en la especie, con los requisitos legales para poder declarar el abandono del procedimiento en estos autos, SE RESUELVE: No ha lugar a lo solicitado. Notifíquese a las partes vía correo electrónico. Código: XBZLXMDXVXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT: P-468-2012 RUC: 12-3-0193769-3 Proveyó doña DIANA MARIM CASEAÑESA, Jueza (s)del Juzgado de Letras de Vicuña, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Vicuña a cinco de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: XBZLXMDXVXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-05T10:14:16-0300
Texto Completo (Preview)
Vicuña, cinco de abril de dos mil veinticuatro./j.m.o.- Resolviendo incidente presentado a con fecha 20 de diciembre de 2023: Primero: Que con fecha 20 de diciembre de 2023, se ha promovido incidente de abandono del procedimiento por parte de la demandada de autos. Segundo: Que el demandante de autos ha evacuado traslado con fecha 03 de enero de 2024. Tercero: Que para que pueda operar el aban
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