JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN FELIPE

SANTA BLANCA Y CIA./DONOSO

Rol

64697-2023

Fecha

25 de abril de 2023

Materia

Reforma Laboral

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordinario. Segundo: Que la resolución impugnada es aquella que resolvió un recurso de nulidad en un procedimiento monitorio laboral, dictamen que no participa de la naturaleza jurídica antes indicada, razón suficiente para declarar improcedente el intentado. Y en conformidad, además, a lo dispuesto en la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por el demandado. Al primer, segundo y tercer otrosíes: estése a lo resuelto precedentemente. Al cuarto otrosí: téngase presente. Acordada con el voto en contra del ministro señor Muñoz Pardo, quien estuvo por solicitar informe a los jueces recurridos. Regístrese y archívese. N°64.697-23

Fallo

se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por el demandado. Al primer, segundo y tercer otrosíes: estése a lo resuelto precedentemente. Al cuarto otrosí: téngase presente. Acordada con el voto en contra del ministro señor Muñoz Pardo, quien estuvo por solicitar informe a los jueces recurridos. Regístrese y archívese. N°64.697-23

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticinco de abril de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinar

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