SIN INFORMACION

JOAQUIN GARCIA REVECO/ I. CORTE DE APELACIONES DE TALCA

Rol

Fecha

12 de junio de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo en contra de la resolución de 15 de mayo de 2026, dictada en los autos Rol 401-2026/Penal, por la Primera Sala de esta Corte, integrada por los ministros don Moisés Muñoz Concha, don Gerardo Bernales Rojas y la abogada integrante doña Carolina Araya López. 3° Que, conforme al artículo 63 N° 2 letra b) del Código Orgánico de los recursos de amparos conoce la Corte de Apelaciones en primera instancia, de modo que no puede esta Corte revisar lo decidido por ella misma en ejercicio de sus facultades conservadoras. 4° Que corrobora lo anterior la norma prevista en el inciso segundo del artículo 66 del cuerpo normativo ya citado, en orden a que cada Sala representa a la Corte respectiva en los asuntos de que conoce. Por lo antes expuesto

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de amparo interpuesto en contra de la resolución de 15 de mayo de 2026, dictada en los autos Rol 401-2026/Penal, por la Primera Sala de esta Corte. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N° Amparo-613-2026. acl

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, doce de junio de dos mil veintiséis. Resolviendo lo principal del escrito folio 1: Visto y considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo en contra de la resolución de 15 de mayo

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