PIRELA/SERCOM SERVICIOS DE CONSTRUCCION Y MANTENCION LTDA
Rol
Fecha
9 de junio de 2026
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: Atendido el motivo para acoger el recurso de nulidad de la parte demandante, se mantiene la sentencia anulada en todo lo no afectado, de modo tal que se prescinde solamente del
Fundamentos
considerando duodécimo. Y teniendo, además, y en su lugar presente: 1°) Los considerandos tercero a séptimo de la sentencia de nulidad, se dan por expresamente reproducidos. 2) De este modo, habiéndose declarado injustificado el despido que afectó al actor, yerra la sentenciadora en el considerando duodécimo, al rechazar este acápite de la demanda, desde que no es posible sustentar la tesis de que la relación laboral terminó por la causal necesidades de la empresa, por lo que el empleador carece de la facultad de descontar el seguro de cesantía, configurándose en consecuencia la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción del artículo 13 de la Ley N° 19.728, por lo que se acogerá el recurso. 3°) En consecuencia, resulta procedente restituir los fondos del seguro de cesantía -descontados por la demandada en la indemnización por años de servicios- solicitado por el trabajador en su demanda, tal como se colige de lo previsto en el artículo 13 de la Ley N° 19.728, los que ascienden a la suma de $366.695 (trescientos sesenta y seis mil seiscientos noventa y cinco pesos). Así las cosas, no resulta jurídicamente coherente afirmar que el artículo 161 del Código del Trabajo no fue probado y, luego que subsisten todos los efectos favorables que la ley vincula exclusivamente a un término válido por dicha causal. Por los fundamentos anteriores, más lo dispuesto en los artículos 161, 477 y 482 del Código del Trabajo y artículos 13 y 52 de la Ley N° 19.728, manteniendo lo resuelto en la sentencia de seis de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la causa RIT M-3142-2024, caratulados “Pirela/Sercom Servicios de Construcción y Mantención Limitada”,
Fallo
se declara que, además, se condena a la demandada Sercom Servicios de Construcción y Mantención Limitada al pago de la suma de $ 366.695 al demandante don Daniel Alexander Pirela Mejías, por concepto de restitución correspondiente al aporte de seguro de cesantía, más los reajustes e intereses que correspondan. Regístrese y comuníquese. Redacción de la Fiscal Judicial Ana María Hernández Medina. Ingreso Corte 327-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, nueve de junio de dos mil veintiséis. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 478 del Código del Trabajo se dicta la siguiente sentencia de reemplazo: Vistos: Atendido el motivo para acoger el recurso de nulidad de la parte demandante, se mantiene la sentencia anulada en todo lo no afectado, de modo tal que se prescinde solamente del considerando duodécimo. Y teniendo, además, y
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