3º JUZGADO CIVIL DE VALPARAISO

CHILQUINTA DISTRIBUCION S.A./VALENZUELA

Rol

Fecha

10 de junio de 2026

Materia

CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en consideración el tenor del artículo 435 del Código de Procedimiento Civil y que el antecedente escrito acompañado por el demandante emana de un órgano reglado y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 del Código del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de once de mayo de dos mil veintiséis, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Valparaíso, y en su lugar se declara que, el tribunal a quo deberá dar curso a la gestión preparatoria como en derecho corresponda. Acordada con el voto en contra del abogado integrante Sr. Felipe Caballero Brun, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Devuélvase. N°Civil-1865-2026. En Valparaíso, diez de junio de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara que, el tribunal a quo deberá dar curso a la gestión preparatoria como en derecho corresponda. Acordada con el voto en contra del abogado integrante Sr. Felipe Caballero Brun, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Devuélvase. N°Civil-1865-2026. En Valparaíso, diez de junio de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, diez de junio de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en consideración el tenor del artículo 435 del Código de Procedimiento Civil y que el antecedente escrito acompañado por el demandante emana de un órgano reglado y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 del Código del mismo cuerpo legal, se revoca la resolu

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