Jdo. Cob. Laboral y Previsional de San Miguel

VILLEGAS/CAUCHO NOVA LIMITADA

Rol

C-305-2022

Fecha

28 de marzo de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Fallo

por tanto carece de legitimación activa para promover el incidente de nulidad. En virtud de lo razonado precedentemente, no ha lugar al incidente de nulidad. De acuerdo a lo establecido en el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, retrotráigase la ejecución hasta antes de la notificación, inténtese la notificación de la resolución que requiere de pago a la ejecutada y la liquidación que le precede, al liquidador de la parte ejecutada don Cristián Santiago Lescot Jerez, RUN 10.046.267-2, domiciliado en calle Profesora Amanda Labarca N°96, oficina 23, comuna de Santiago, correo electrónico clescot@gmail.com, personalmente o conforme a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, Diligénciese mediante receptores judiciales de la Corporación de Asistencia Judicial, El receptor que practique la actuación deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 393 del Código Orgánico de Tribunales (en especial a lo establecido en el inciso segundo) y 9°, inciso segundo, de la Ley 20.886, Código: DTQXXMKMCFP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl bajo apercibimiento de aplicar alguna de las medidas señaladas en dichas disposiciones. Modifíquese en SITCO la individualización y domicilio del representante legal de la ejecutada. Al primer otrosí: Por acompañados, con citación; Al segundo otrosí: Téngase presente; Al tercer otrosí: Como se pide, notifíquese al correo electrónico señalado, aquella

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Pwc San Miguel, veintiocho de marzo de dos mil veinticuatro. Por ingresado a mi despacho con esta fecha, por encontrarse la causa en poder del receptor. Proveyendo escrito de fecha 27 de marzo de 2024: Como se pide. Proveyendo escrito de fecha 07 de marzo de 2024 (folio 111): A lo principal: De acuerdo a lo establecido en el artículos 401 y 416 del Código de Comercio, sentencia de fecha 1 de ju

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