SIN INFORMACION

RAÚL HERNÁN CASTILLO TAPIA/JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO

Rol

Fecha

8 de junio de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Visto: Atendido la nueva cuenta de la relatora, por advertirse que se incurrió en un error en la resolución de folio 3, en cuanto acoge a tramitación el arbitrio intentado en estos autos, se le deja sin efecto y, en su lugar, a folio 1 se resuelve lo siguiente: Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes, del que se advierte que el recurso se dirige en contra de lo resuelto por una sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66 inciso 2° y 216, ambos del Código Orgánico de Tribunales, esta Corte se declara incompetente para conocer de la acción deducida, ordenándose la remisión de los antecedentes a la I. Corte de Apelaciones de Santiago, para su pronunciamiento de admisibilidad, conocimiento y resolución, según su caso. Sirva la presente resolución como suficiente y atento oficio remisorio. Cúmplase por la vía más más rápida. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Puente Alto. N°836-2026 Amparo

Fallo

se resuelve lo siguiente: Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes, del que se advierte que el recurso se dirige en contra de lo resuelto por una sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66 inciso 2° y 216, ambos del Código Orgánico de Tribunales, esta Corte se declara incompetente para conocer de la acción deducida, ordenándose la remisión de los antecedentes a la I. Corte de Apelaciones de Santiago, para su pronunciamiento de admisibilidad, conocimiento y resolución, según su caso. Sirva la presente resolución como suficiente y atento oficio remisorio. Cúmplase por la vía más más rápida. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Puente Alto. N°836-2026 Amparo

Texto Completo (Preview)

Ch/nbm San Miguel, ocho de junio de dos mil veintiséis Al folio 5: Estese a lo que se resolverá. Visto: Atendido la nueva cuenta de la relatora, por advertirse que se incurrió en un error en la resolución de folio 3, en cuanto acoge a tramitación el arbitrio intentado en estos autos, se le deja sin efecto y, en su lugar, a folio 1 se resuelve lo siguiente: Vistos y teniendo presente: Atendido el m

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