JUZGADO DE FAMILIA SAN BERNARDO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

8 de junio de 2026

Materia

CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Vistos: Que atendido que la resolución apelada disponía no dar lugar a la rebaja ni al cese provisorio de alimentos y que el pasado dieciste de febrero del año en curso las partes conciliaron la pensión de alimentos, se desprende que el recurso interpuesto en contra de la resolución de cuatro de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de San Bernardo, perdió oportunidad, y no existiendo asunto controvertido alguno sobre el cual deba pronunciarse actualmente esta Corte, se omite pronunciamiento a su respecto. Devuélvase N° 1641-2025-Familia.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, ocho de junio de dos mil veintiséis. Vistos: Que atendido que la resolución apelada disponía no dar lugar a la rebaja ni al cese provisorio de alimentos y que el pasado dieciste de febrero del año en curso las partes conciliaron la pensión de alimentos, se desprende que el recurso interpuesto en contra de la resolución de cuatro de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado

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