Jdo. de Letras del Trabajo de Puerto Montt

A.F.P. HABITAT S.A. CON TRANSPORTES PUERTO MONTT S.A.

Rol

P-3753-2015

Fecha

5 de abril de 2024

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que, de los antecedentes acompañados, especialmente, la copia electrónica de la escritura pública de Sesión extraordinaria de directorio de la sociedad demandada, Transportes Puerto Montt S.A., de fecha 25 de junio de 2019, documento no objetado por la ejecutante; consta que don FERNANDO AURELIO HERNÁNDEZ AZÓCAR, RUT 15.904.972-8, ya no es representante legal de la ejecutada; calidad que, actualmente, recae en la persona de don Oscar Fernando Hernández Córdova por haber sido nombrado, en dicha oportunidad, como nuevo gerente general de la referida sociedad. 2°) Que la obligación de informar los cambios en la designación de representante legal, que contempla el inciso 1° del artículo 18 de la Ley 17322, corresponde a la sociedad ejecutada, y no, en este caso, a don Fernando Aurelio Hernández Azócar, quien ya no ostenta la calidad de representante legal de la ejecutada y comparece por sí en el presente juicio, en calidad de tercero. 3°) Que, al no estar notificada la demanda ni haberse efectuado el requerimiento de pago, corresponde que dichas diligencias se cumplan notificando y requiriendo de pago a la ejecutada, a través de su actual representante legal, don Oscar Fernando Hernández Córdova. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 12 y 18 de la ley 17322 y artículo 22 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve : I. Que se tiene presente, para efectos de la continuación de la tramitación de este juicio, que don Fernando Aurelio Hernández Azócar, domiciliado en Pasaje Los Naranjos N°231 de la ciudad de Puerto Montt, no es actualmente el representante legal de la ejecutada, TRANSPORTES PUERTO MONTT S.A. Rut 99.566.410-0. Modifíquense los antecedentes del representante legal de la demandada, en la carpeta virtual. II. Notifíquese la demanda, su proveído, la presente resolución y la solicitud en la cual recae y requiérase de pago a la ejecutada, a través de su nuevo representante lega

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 12 y 18 de la ley 17322 y artículo 22 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve : I. Que se tiene presente, para efectos de la continuación de la tramitación de este juicio, que don Fernando Aurelio Hernández Azócar, domiciliado en Pasaje Los Naranjos N°231 de la ciudad de Puerto Montt, no es actualmente el representante legal de la ejecutada, TRANSPORTES PUERTO MONTT S.A. Rut 99.566.410-0. Modifíquense los antecedentes del representante legal de la demandada, en la carpeta virtual. II. Notifíquese la demanda, su proveído, la presente resolución y la solicitud en la cual recae y requiérase de pago a la ejecutada, a través de su nuevo representante legal, don Oscar Fernando Hernández Córdova. Al efecto, despáchese un nuevo mandamiento de ejecución y embargo, con las modificaciones que corresponda. Notifíquese la presente resolución vía correo electrónico, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. RIT: P-3753-2015 RUC: 15-3-0306570-6 Resolvió doña PAULINA MARIELA PEREZ HECHENLEITNER, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, quien suscribe con firma electrónica avanzada. Código: RHXGXMHXLBS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Certifico que notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Puerto Montt, cinco de abril de dos mil veinticuatro. /jka Código: RHXGXMHXLBS Este docu

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Puerto Montt, cinco de abril de dos mil veinticuatro. Resolviendo, derechamente, la solicitud contenida en lo principal de la presentación efectuada por don Fernando Hernández Azocar con fecha 06 de febrero de 2024, quien comparece por sí: Vistos y teniendo presente: 1°) Que, de los antecedentes acompañados, especialmente, la copia electrónica de la escritura pública de Sesión extraordinaria de d

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