3º JUZGADO DE FAMILIA SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

4 de junio de 2026

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y

Fundamentos

considerando en especial la edad de los alimentarios, el monto autorizado retirar en la primera y única oportunidad en autos y lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se confirma la resolución apelada dictada el veintiocho de agosto de dos mil veinticinco, por el 3° Juzgado de Familia de Santiago. Devuélvase. N°3664-2025 Familia.

Texto Completo (Preview)

Santiago, cuatro de junio de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y considerando en especial la edad de los alimentarios, el monto autorizado retirar en la primera y única oportunidad en autos y lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se confirma la resolució

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