ARAVENA/CORPORACIÓN MUNICIPAL DE PANGUIPULLI
Rol
Fecha
8 de junio de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2.- Que los hechos expuestos por la recurrente no revisten el carácter de una vulneración de los derechos fundamentales que protege el artículo 20 de nuestra Carta Fundamental. Y de conformidad, además, con lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en autos. Sin perjuicio de lo resuelto precedentemente, remítanse los antecedentes al Juzgado de Letras y Familia de Panguipulli por ser hechos constitutivos de una situación de abandono. Archívese, en su oportunidad. N°Protección-655-2026.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en autos. Sin perjuicio de lo resuelto precedentemente, remítanse los antecedentes al Juzgado de Letras y Familia de Panguipulli por ser hechos constitutivos de una situación de abandono. Archívese, en su oportunidad. N°Protección-655-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, ocho de junio de dos mil veintiséis. Resolviendo a lo principal de la presentación de folio 1. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías tax
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