JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE TRAIGUEN

MINISTERIO PUBLICO C/ CARMEN GLORIA INOSTROZA ALMENDRAS

Rol

Fecha

4 de junio de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente que aún persisten aquellos que justifican la existencia del delito formalizado y que constituyen presunciones fundadas de la participación de la imputada en los mismos y en cuanto a la necesidad de cautela, que no han variado las circunstancias que se tuvieron en consideración cuando se decretó la medida cautelar de prisión preventiva en su oportunidad y que posteriormente fue confirmada por esta Corte. Que, además, la circunstancia de discapacidad de la imputada ya fue conocida al momento de decretarse su prisión preventiva, al momento de la confirmatoria y también al momento de ser condenada de forma previa por un delito de la misma especie. Que todos estos antecedentes llevan a la convicción que la medida cautelar en debate aún resulta necesaria, idónea y proporcional, por constituir la libertad de la imputada un peligro para la seguridad de la sociedad. Por todo lo razonado precedentemente y conforme lo dispuesto en los artículos 36, 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha veintiséis de mayo de dos mil veintiséis, del Juzgado de Garantía de Traiguén, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva a la imputada CARMEN GLORIA INOSTROZA ALMENDRAS. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-792-2026 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco. Temuco, cuatro de junio de dos mil veintiséis. A lo principal y otrosí de la presentación de folio 4 y a lo principal, primer y segundo otrosí de la presentación de folio 5: téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente que aún persisten aquellos que justifican la existencia del delito formaliza

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