VELÁSQUEZ/ZAÑARTU INGENIEROS CONSULTORES SPA
Rol
C-33-2023
Fecha
26 de marzo de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, mediante ORD. ELEC. FISCALIA N° 308 de fecha 22 de marzo de 2024, doña MELISA FRANCISCA ROJAS MOYANO, Fiscal Regional del Ministerio de Obras Públicas-Región de Aysén, consulta a este Tribunal respecto del destino que procede dar a los valores retenidos en dicho ente público con motivo de esta causa, por la suma de $4.318.453, como medida cautelar de retención de dineros ordenada respecto de la demandada ZAÑARTU INGENIEROS CONSULTORES SpA, RUT N° 79.511.210-3. SEGUNDO: Que, habiéndose conferido traslado a la parte ejecutante, doña MARIBEL ANDREA BRIONES SANHUEZA, abogada, solicitó se haga efectiva la medida cautelar decretada y se dé cumplimiento a la misma depositando el monto retenido en la cuenta corriente del Tribunal. TERCERO: Que, en estas circunstancias, teniendo presente la disposición de fondos retenidos a favor de la parte ejecutante, la consulta realizada por el ente retenedor y lo solicitado por la ejecutante a este respecto, no cabe sino acoger la solicitud de dicha parte solicitándose al Ministerio de Obras Pública, vía oficio, la remisión de los fondos retenidos o su depósito en la cuenta de este Tribunal. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 82 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Solicítese al Ministerio de Obras Pública, a través de la Sra. Fiscal Regional, ya referida, la remisión de los fondos retenidos o su depósito en la cuenta de este Tribunal. Ofíciese. Notifíquese la presente resolución vía correo electrónico. RIT N° C-33-2023 RUC N° 23-4-0503943-5 Proveyó doña FLORENTINA ROSALÍA REZUC HERNÁNDEZ, Juez Subrogante del Juzgado de Letras del Trabajo de Coyhaique. En Coyhaique, a veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Pbv/ dma Código: XXRXXMHNZVN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XXRXXMHNZVN Este documento tiene firma electrónica
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 82 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Solicítese al Ministerio de Obras Pública, a través de la Sra. Fiscal Regional, ya referida, la remisión de los fondos retenidos o su depósito en la cuenta de este Tribunal. Ofíciese. Notifíquese la presente resolución vía correo electrónico. RIT N° C-33-2023 RUC N° 23-4-0503943-5 Proveyó doña FLORENTINA ROSALÍA REZUC HERNÁNDEZ, Juez Subrogante del Juzgado de Letras del Trabajo de Coyhaique. En Coyhaique, a veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Pbv/ dma Código: XXRXXMHNZVN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XXRXXMHNZVN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-26T15:28:45-0300
Texto Completo (Preview)
JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO COYHAIQUE Coyhaique, veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro. Por evacuado el traslado conferido, dentro de plazo legal, estese a lo que se resolverá a continuación: VISTOS: PRIMERO: Que, mediante ORD. ELEC. FISCALIA N° 308 de fecha 22 de marzo de 2024, doña MELISA FRANCISCA ROJAS MOYANO, Fiscal Regional del Ministerio de Obras Públicas-Región de Aysén, consulta
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