JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA

GALVIS/H

Rol

Fecha

3 de junio de 2026

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

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Hechos

VISTOS: De la sentencia anulada se reproducen la parte expositiva y considerativa, previa eliminación del

Fundamentos

considerando Décimo, del cual se mantiene solo el párrafo 4°. Y se tiene en su lugar, y, además, presente: PRIMERO: Que son hechos establecidos en la presente causa, que la trabajadora demandante, quien se desempeñaba como jefa de departamento de ventas de la tienda H&M de esta ciudad, se ausentó durante sus labores los días 8, 10, 15, 18 y 19 de diciembre de 2023, y para ocultar dichas ausencias alteraba los registros de asistencia de la empresa, para lo cual se valía de otros trabajadores, quienes procedían a registrar en los controles de manera falsa, que la trabajadora se encontraba en funciones. SEGUNDO: Que teniendo en consideración lo expresado en los motivos Cuarto y Quinto del

Fallo

fallo de nulidad, los que se reproducen para evitar repeticiones innecesarias, y teniendo en cuenta además, que de los antecedentes indicados en el considerando anterior, solo puede concluirse que la demandante incumplió gravemente las obligaciones que le imponía el contrato de trabajo, pues tales conductas están prohibidas en el contrato y en el reglamento interno, además que no se condicen con el cargo que tenía la trabajadora, quien se desempeñaba como jefa de ventas, en una posición de liderazgo, se considera que el despido de que fue objeto por la causal del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, se encuentra debidamente justificado. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 160 N°7, del Código del Trabajo, y demás normas pertinentes, se declara: Que, se rechaza en todas sus partes, sin costas, la demanda interpuesta por la abogada Diana Ramos Barrionuevo en representación de DAYANA GALVIS CORTES, en contra de H&M HENNES & MAURITZ SPA, todos identificados en autos. Regístrese y comuníquese. Rol 415-2025 (Laboral) Redacción del ministro Eric Sepúlveda Casanova. 2

Texto Completo (Preview)

Sentencia de reemplazo. Antofagasta, a tres de junio de dos mil veintiséis. En cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de nulidad precedente y de conformidad a lo previsto en el artículo 478 del Código del Trabajo, se procede a dictar la siguiente sentencia de reemplazo. VISTOS: De la sentencia anulada se reproducen la parte expositiva y considerativa, previa eliminación del considerando Déc

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