7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ CARLOS ARTURO BUITRAGO OCAMPO

Rol

Fecha

2 de junio de 2026

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de la constancia que antecede de la señora Relatora y de conformidad a lo previsto en los artículos 223 bis inciso cuarto del Código de Procedimiento Civil y 52 y 358 del Código Procesal Penal, no habiendo comparecido el abogado recurrente a esta audiencia, se declara abandonado el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de trece de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que ordenó el traslado de recinto penitenciario del condenado Francisco Alfonso Velez Feijo. Comuníquese por la vía más rápida Devuélvase la competencia. N°Penal-1455-2026.

Fallo

se declara abandonado el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de trece de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que ordenó el traslado de recinto penitenciario del condenado Francisco Alfonso Velez Feijo. Comuníquese por la vía más rápida Devuélvase la competencia. N°Penal-1455-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de junio de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de la constancia que antecede de la señora Relatora y de conformidad a lo previsto en los artículos 223 bis inciso cuarto del Código de Procedimiento Civil y 52 y 358 del Código Procesal Penal, no habiendo comparecido el abogado recurrente a esta audiencia, se declara abandonado el recurs

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