JUZGADO DE FAMILIA TEMUCO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

2 de junio de 2026

Materia

RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Iván Espinoza Ugarte, en contra de la resolución de fecha veintisiete de abril de dos mil veintiséis, escrita a folio 7 en el expediente digital, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. Rol N° Familia-338-2026 (pvb).

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Iván Espinoza Ugarte, en contra de la resolución de fecha veintisiete de abril de dos mil veintiséis, escrita a folio 7 en el expediente digital, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. Rol N° Familia-338-2026 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco. Temuco, dos de junio de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Iván Espinoza Ugarte, en contra de la resolución de fecha veintisiete de abril de dos mil veintiséis, escrita a folio 7 en el expediente digital,

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