JUZGADO DE GARANTIA DE QUILPUE

MINISTERIO PUBLICO C/ FELIPE IGNACIO GALDAMES MERINO

Rol

Fecha

2 de junio de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, en virtud de sus propios

Fundamentos

fundamentos y, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley N°18.216 y artículo 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de doce de mayo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Eduardo Morales Espinosa, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, por estimar que lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley N°18.216, respecto de la concurrencia de informe técnico favorable de Gendarmería de Chile, no establece que dicha opinión sea vinculante para el tribunal y le impida considerar el conjunto de los antecedentes del asunto, los que, en este en caso, justifican el otorgamiento del beneficio solicitado. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-1251-2026.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a dos de junio de dos mil veintiséis, se da inicio a esta audiencia a las 11:31 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra señora Marcela Figueroa Astudillo e integrada por el Ministro Suplente señor Germán Manuel Núñez Romero y el Abogado Integrante señor Eduardo Morales Espi

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