SIN INFORMACION

GARNICA/INVERSIONES CARIHUAPI LTDA.

Rol

Fecha

2 de junio de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: 1º) Juan Pablo Sandoval Kindley, abogado, por la demandada incidental en juicio caratulado “Garnica con Inversiones Carihuapi SpA”,”, Rol C-1544-2019, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Osorno, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 21 de abril de 2026, que no concedió su apelación, interpuesto en subsidio de una reposición, respecto de la resolución que ordenó el despacho de mandamiento de ejecución y embargo, en el marco del cumplimiento incidental de la sentencia. 2º) Informó Raúl Ramírez López, juez titular del Primer Juzgado de Letras de Osorno, señalando que la referida apelación fue rechazada por cuanto la resolución recurrida es una sentencia interlocutoria y solo pudo apelarse derechamente. Además, por resolución de 28 de abril de 2026, se corrigió de oficio el procedimiento, y se dejó sin efecto la orden de despachar ese mandamiento y el mandamiento. 3º) El recurso de hecho es un acto jurídico procesal de parte que se realiza directamente ante el tribunal superior jerárquico, a fin de solicitarle que enmiende con arreglo a derecho la resolución errónea pronunciada por el inferior acerca del otorgamiento o denegación de una apelación interpuesta por él. (Mosquera, Mario y Maturana, Cristián, Los Recursos Procesales, Editorial Jurídica de Chile, 3a edición actualizada, Santiago, 2021, p. 262) En este caso, se ha ejercido el denominado verdadero recurso de hecho, mediante el que se impugna el rechazo de un recurso de apelación que debió ser concedido de acuerdo con las reglas generales. 4º) En la especie, el recurrente pretende que se declare admisible la apelación subsidiaria que interpuso respecto de la resolución que, con posterioridad, el tribunal dejó sin efecto de oficio. En consecuencia, el recurso interpuesto ha perdido oportunidad y no puede prosperar. Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se RECHAZA el recurso de hecho interpuesto por el abogado Juan Pablo Sandoval Kindley. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Civil-534-2026

Fallo

Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se RECHAZA el recurso de hecho interpuesto por el abogado Juan Pablo Sandoval Kindley. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Civil-534-2026

Texto Completo (Preview)

Valdivia, dos de junio de dos mil veintiséis. Vistos: 1º) Juan Pablo Sandoval Kindley, abogado, por la demandada incidental en juicio caratulado “Garnica con Inversiones Carihuapi SpA”,”, Rol C-1544-2019, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Osorno, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 21 de abril de 2026, que no concedió su apelación, interpuesto en subsidio de una reposi

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