MINISTERIO PUBLICO TALTAL C/ JOSE OBETH ALCARAZ CASTRILLON
Rol
51956-2023
Fecha
19 de abril de 2023
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE
Hechos
Vistos: 1° Que la defensa de José Alcaraz Castrillón, María Angélica Flores Mamani y Gianlucas Quispe Flores, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, por la cual fueron condenados como autores del delito de Contrabando. 2° Que por el líbelo intentado, se ha invocado como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, ello porque se solicitó al inicio del juicio la declaración de un funcionario de Carabineros en retiro desde su domicilio, lo que fue negado en un primer momento, autorizándolo para declarar desde una unidad policial, lo que no aconteció, dando en definitiva lugar el tribunal por mayoría a que finalmente lo hiciese desde su domicilio. 3° Que el Ministerio Público se hizo parte en la presente causa, y solicitó la inadmisibilidad de la causal principal por falta de fundamentos. 4° Que de una atenta lectura del líbelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, al fallo de primera instancia, podría tener como sustento real un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia, lo que es propio del motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del cuerpo legal antes citado, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Antofagasta, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 51956-23.
Fallo
fallo de primera instancia, podría tener como sustento real un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia, lo que es propio del motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del cuerpo legal antes citado, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Antofagasta, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 51956-23.
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecinueve de abril de dos mil veintitrés. Vistos: 1° Que la defensa de José Alcaraz Castrillón, María Angélica Flores Mamani y Gianlucas Quispe Flores, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, por la cual fueron condenados como autores del delito de Contrabando. 2° Que por el líbelo intentado, se ha invocado como c
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