SAZO LÓPEZ MARTÍN / GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
1 de junio de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece doña Gabriela Elisa Urzúa Smith, quien deduce recurso de amparo en favor de don Martín Antonio Sazo López, actualmente privado de libertad en el Módulo N°102 del Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de Gendarmería de Chile, por estimar arbitrario el Ordinario N°14.30.40.513/2026, de fecha 29 de enero de 2026, emitido por el Departamento de Control Penitenciario de dicha institución, mediante el cual se informó desfavorablemente la solicitud de traslado penitenciario del amparado desde el Complejo Penitenciario de Valparaíso hacia un recinto ubicado en la Región de Atacama. Funda su arbitrio en que el amparado se encuentra privado de libertad desde noviembre de 2023, cumpliendo una condena cuya fecha de término se encontraría fijada para el día 17 de mayo de 2029. Expone que, con fecha 27 de febrero de 2024, fue trasladado desde la Región de Atacama al Complejo Penitenciario de Valparaíso, debido a un intento de fuga ocurrido en el establecimiento penitenciario de origen. Señala que, durante los años 2025 y 2026, se intentó obtener por vías administrativas y judiciales una revisión de sus condiciones de cumplimiento penitenciario, acompañándose antecedentes sociales, familiares y psicosociales que darían cuenta de su arraigo en la Región de Atacama y de la situación socioeconómica de su núcleo familiar. Indica que, mediante Ordinario N°14.30.40.513/2026, el Departamento de Control Penitenciario de Gendarmería de Chile informó desfavorablemente la solicitud de traslado, fundándose principalmente en el intento de fuga ocurrido durante el año 2024. Sostiene que dicha decisión no habría ponderado suficientemente las circunstancias penitenciarias actuales del amparado, el tiempo transcurrido desde el hecho que motivó su traslado ni su evolución conductual posterior. Afirma que el amparado mantuvo históricamente una calificación de conducta muy buena de manera sostenida en el tiempo y que, si bien registró un retroceso conduct
Fundamentos
considerando particularmente su traslado al Centro de Detención Preventiva de Vallenar o a otro recinto penitenciario de la Región de Atacama que se estime pertinente. A folio 4, informó el Complejo Penitenciario de Valparaíso. Expone que el amparado fue condenado por el Juzgado de Letras y Garantía de Caldera en la causa RUC N°2301291238-2, RIT N°958-2023, por el delito de robo con intimidación. Señala que ingresó al Complejo Penitenciario de Valparaíso con fecha 27 de febrero de 2024, procedente del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó, y que actualmente permanece recluido en el Módulo N°102. Añade que la solicitud de traslado interregional formulada por el amparado fue rechazada por el Departamento de Control Penitenciario de la Subdirección Operativa de Gendarmería de Chile, mediante Ordinario N°14.30.40.513/2026, de fecha 29 de enero de 2026. A folio 9, informó la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Expone que el amparado fue condenado por el Juzgado de Letras y Garantía de Caldera en causa RUC N°2200605162-K, RIT N°618-2022, a la pena de 541 días por el delito de microtráfico en pequeñas cantidades; y por el mismo tribunal en causa RUC N°2301291238-2, RIT N°958-2023, a la pena de 5 años y 1 día por el delito de robo con intimidación. Indica que inició el cumplimiento de su condena el día 26 de noviembre de 2023, registrando 196 días de abono y como fecha de término el día 7 de noviembre de 2029. Expone que, con fecha 24 de febrero de 2024, aproximadamente a las 13:20 horas, el amparado participó en un intento de fuga desde el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó, hecho durante el cual un interno perdió la vida y se puso en riesgo la integridad de los funcionarios y de otras personas privadas de libertad. Señala que, de acuerdo con el Informe Técnico Penitenciario N°29, de fecha 24 de febrero de 2024, el amparado habría participado activamente en dicha acción, trasladando literas metálicas hacia el sector de aislamiento preventivo para utilizarlas como una escalera artesanal destinada a acceder a la techumbre del recinto. Indica que, atendida la necesidad de resguardar la seguridad penitenciaria y considerando las condiciones de hacinamiento y sobrepoblación del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó, se estimó necesario gestionar el traslado del amparado a otro recinto que reuniera condiciones de seguridad adecuadas. Así, se dispuso el traslado del amparado al Complejo Penitenciario de Valparaíso, el cual se materializó con fecha 27 de febrero del mismo año. Expone que la solicitud destinada a obtener su traslado desde el Complejo Penitenciario de Valparaíso hacia un recinto de la Región de Atacama fue planteada previamente ante el Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. Señala que, en audiencia de cautela de garantías celebrada con fecha 25 de febrero de 2026, dicho tribunal rechazó la solicitud de traslado, disponiendo que el amparado d
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo interpuesta en favor de Martín Antonio Sazo López en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad N°Amparo-2449-2026.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de junio de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, comparece doña Gabriela Elisa Urzúa Smith, quien deduce recurso de amparo en favor de don Martín Antonio Sazo López, actualmente privado de libertad en el Módulo N°102 del Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de Gendarmería de Chile, por estimar arbitrario el Ordinario N°14.30.40.513/2026, de fech
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