SIN INFORMACION

ZAMBRANO/BANMÉDICA S.A.

Rol

Fecha

1 de junio de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña María Teresa Zambrano Hernández, quien deduce recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la desafiliación unilateral y sin notificación válida de la recurrente y en la consiguiente negativa de otorgarle cobertura a las prestaciones médicas oncológicas esenciales que requiere, particularmente el medicamento Temozolomida y los ciclos de quimioterapia asociados, pese a que la recurrida continuó percibiendo cotizaciones de salud de su parte, vulnerando de esta forma las garantías consagradas en los numerales 1°, 9° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Menciona como antecedentes que su cónyuge, don José Miguel Morales Becerra, titular del contrato de salud previsional en la recurrida, falleció el 12 de noviembre de 2024, manteniéndola como carga legal del mismo. Señala que, en virtud de las condiciones contractuales, se le informó que la cobertura se mantendría por un período posterior al fallecimiento del titular y que, antes de su término, recibiría una propuesta de nuevo plan de salud por carta certificada, lo que nunca ocurrió; y que, pese a múltiples solicitudes tanto de su parte como de sus hijos, la Isapre nunca les proporcionó copia íntegra de la póliza ni de las condiciones aplicables. Expone que, desde diciembre de 2024 y hasta la fecha del recurso, la compañía de seguros Penta Vida ha descontado de su pensión de sobrevivencia el 7% legal de cotización de salud, montos que han sido enterados directamente a la Isapre recurrida de manera continua e ininterrumpida. Precisa que con fecha 12 de septiembre de 2025 fue diagnosticada con Glioblastoma Grado IV, que fue intervenida quirúrgicamente el 24 de septiembre de 2025 mediante exéresis lesional parcial y biopsia, y que el oncólogo Dr. Mariano Puga prescribió tratamiento de radioterapia y seis ciclos consecutivos de quimioterapia con Temozolomida, de caráct

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del Recurso de Protección, SE ACOGE el recurso de protección deducido por doña María Teresa Zambrano Hernández en contra de Isapre Banmédica S.A., sólo para efectos de que la Isapre Banmédica S.A. ofrezca formalmente a doña María Teresa Zambrano Hernández la incorporación al mismo plan de salud que mantenía su cónyuge causante a la fecha de su fallecimiento, o bien, si la recurrente así lo prefiere, un plan de salud en actual comercialización cuyo precio se ajuste al monto que por ella se enteraba en la institución, todo ello conforme a las condiciones establecidas en el numeral 2° del artículo 203 del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud, sin que pueda exigirse nueva declaración de salud ni pactarse restricciones o exclusiones adicionales a las que existían en el contrato original. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Protección-9696-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de junio de dos mil veintiséis. Al escrito folio 24: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña María Teresa Zambrano Hernández, quien deduce recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la desafiliación unilateral y sin notificación válida de la recurrente

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