CEBALLOS DÍAZ BASTIÁN IGNACIO /COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (C.L.C)
Rol
Fecha
1 de junio de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Karin Godoy Adasme, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en favor de don Bastián Ignacio Ceballos Díaz, actualmente recluido en el Centro de Estudios y Trabajo (C.E.T.) Metropolitano, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber dictado la resolución que denegó a su representado el beneficio penitenciario de libertad condicional. Expone que su representado cumple condena en la causa RIT 1082-2018, RUC 1800505229-3, del Juzgado de Garantía de La Ligua, a la pena de 12 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio, en calidad de autor de tres delitos de robo con violencia, registrando como fecha de inicio de condena el 21 de junio de 2018, término el 21 de junio de 2030, término con rebaja el 28 de agosto de 2029, cumplimiento de tiempo mínimo el 21 de junio de 2026 y veintiún bimestres calificados con muy buena conducta. Agrega que, satisfechos los requisitos legales y reglamentarios, Gendarmería de Chile lo postuló al beneficio, el que fue rechazado por la Comisión sobre la base de que el postulante presentaría mediano compromiso delictual, nivel medio de riesgo de reincidencia, carencia de reflexión crítica y tres sanciones disciplinarias, concluyendo escasas posibilidades de reinserción. Sostiene que la resolución impugnada omite ponderar los avances del amparado consignados en el Informe Consolidado de Postulación, a saber: tener 27 años, carecer de sanciones como menor y de condenas previas; haber accedido a salida dominical desde el 6 de julio de 2025 y a salida de fin de semana desde el 10 de octubre de 2025; haber finalizado su enseñanza media en 2024; desempeñarse en taller textil con excelentes evaluaciones; contar con red de apoyo familiar y proyección de inserción en el medio libre; y haber obtenido diez meses de rebaja de condena por la Ley N° 19.856. Argumenta que la resolución exige una resocialización completa, apartándose
Fundamentos
Considerando que se advierte un incipiente acercamiento a los factores y consecuencias que ha tenido su actividad delictiva, tanto para sí mismo como para los demás, mostrando una progresiva conciencia de delito y conciencia de daño, consciente de las pérdidas afectivas asociadas a su conducta y de las consecuencias que esta tuvo para terceros y su propia familia, asumiendo la responsabilidad por su conducta disruptiva, aunque careciendo de una reflexión crítica que le permita identificar eventuales factores de riesgo que pudieran perjudicar su proceso de reinserción; se aprecia una todavía inicial capacidad de reflexión y análisis respecto a factores personales susceptibles de modificación y que pudieran perjudicar su proceso de reinserción, como ciertos montos de influenciabilidad y cierta tendencia a la minimización de sus acciones; que se muestra altamente motivado por continuar desarrollándose a través de actividades ocupacionales; se estima prudente continuar con el proceso de seguimiento de su proceso de reinserción sociofamiliar a través del progresivo uso de permisos de salida, instancia que ha representado un alto monto de gratificación personal y refuerzo afectivo para su voluntad de cambio personal." CUARTO: Que, conforme al artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso de amparo tiene por objeto velar por las formalidades legales, adoptar las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, cuando éste se hallare arrestado, detenido o preso, con infracción a lo dispuesto en la Carta Fundamental o en las leyes, pudiendo esta Corte disponer la libertad inmediata del individuo u ordenar que se reparen los defectos legales, corrigiéndolos o dando cuenta a quien corresponda para que los corrija. Además, el mentado arbitrio puede deducirse a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, dictando la magistratura las medidas que estime conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del amparado. QUINTO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones, conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N°321, precitado, —modificado por la Ley N°21.124— denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el amparado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal, toda vez que del Formulario Consolidado de Postulación al Proceso de Libertad Condicional y sus antecedentes se desprende que el amparado presenta necesidades de intervención en la capacidad de establecer relaciones interpersonales prosociales, debiendo continuar el proceso de seguimiento en su aproximación al medio libre a través del uso progresivo de per
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N°3 del Decreto Ley N°321 de 1925, 12 del Decreto N°338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Bastián Ignacio Ceballos Díaz, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y comuníquese. Amparo N°2373-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de junio de dos mil veintiséis. Al folio 7; téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Karin Godoy Adasme, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en favor de don Bastián Ignacio Ceballos Díaz, actualmente recluido en el Centro de Estudios y Trabajo (C.E.T.) Metropolitano, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica