CARVAJAL CAMPOS OSVALDO ALEXANDER/ COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)
Rol
Fecha
1 de junio de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Alicia del Carmen Campos Ponce deduciendo acción de amparo constitucional en favor de Osvaldo Alexander Carvajal Campos, interno actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, a través de un formulario, en el cual se consigna únicamente como motivo del recurso que la referida Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional al amparado. Segundo: Que evacuó informe doña Lidia Poza Matus, ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, en su calidad de presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, quien expuso que el amparado fue postulado al proceso correspondiente al primer semestre de 2026 por el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur. Agrega que, por decisión unánime de sus integrantes, se rechazó la concesión del beneficio solicitado, mediante resolución dictada con fecha veintiocho de abril del presente año. Acompaña, para dicho efecto, copia autorizada de la resolución denegatoria y de la carpeta de antecedentes de postulación remitida por Gendarmería de Chile, la cual contiene el informe psicosocial del interno. Del formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional, se colige que el amparado se encuentra cumpliendo 3 condenas por 541 días, 61 días y 3 años y un día, por los delitos de estafas y otras defraudaciones contra particulares de los art. 468, 467, 469, 470 (se excluye el n° 1, n° 3, n°8 y n°11) 473; asociaciones ilícitas de los arts., 292 al 293 bis; receptación de vehículos motorizados, respectivamente. Inició el cumplimiento de condena el 17 de enero de 2023 y su término está fijado para el 12 de septiembre de 2027, en tanto que el tiempo mínimo para optar a su libertad condicional lo alcanzó el 16 de mayo de 2025. Asimismo, consta que fue calificado con conducta muy buena en los cuatro últimos bimestres y que, a la fecha de la postulación, no contaba con beneficios intr
Fundamentos
fundamentos que justifican la decisión que se reclama, misma a la que se arribó por la unanimidad de la Comisión de Libertad Condicional; Séptimo: Que del análisis de los antecedentes tenidos a la vista y reseñados en el motivo que antecede, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y en la inteligencia, que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala y que esta Corte comparte, y por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Osvaldo Alexander Carvajal Campos, y dirigido en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo-2347-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de junio de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Alicia del Carmen Campos Ponce deduciendo acción de amparo constitucional en favor de Osvaldo Alexander Carvajal Campos, interno actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, a través de un formulario, en el c
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