SIN INFORMACION

BELMAR FERNANDEZ FRANCISCO MIGUEL/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

1 de junio de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Valeska Orellana Córdova, quien recurre de amparo a favor de Francisco Miguel Belmar Fernández en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado el beneficio de libertad condicional solicitado para el amparado, quien se encuentra recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur. Relata que actualmente el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de un delito de tráfico ilícito de drogas del artículo 3° de la Ley N°20.000, en causa RIT: 3735 - 2020 RUC: 1901110889-2, impuesta por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago; 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor de un delito de tráfico de pequeñas cantidades del artículo 4° de la Ley N°20.000 + 61 días de presidio menor en su grado mínimo, como autor de un delito de posesión, tenencia o porte de armas sujetas a control (artículo 9 inc. 1° de la Ley N°17.798), en causa RIT: 2211 - 2017 RUC: 1700190136-2, impuesta por el 1° Juzgado de Garantía de Santiago. Indica que la fecha de inicio de condena que registra el amparado es el día 4 de mayo de 2020 y fecha de término de condena el 4 de enero de 2028. Menciona que su fecha de postulación al beneficio de libertad condicional se cumplió el día 16 de abril de 2026. Añade que cuenta con calificación de conducta muy buena los últimos seis bimestres y no registra ninguna falta al régimen interno. Agrega que ha desarrollado en general en todas las labores en que se requiere su cooperación y las cuales son tendientes a su reinserción social, trabaja activamente con personal de Gendarmería, todo lo cual permite un excelente comportamiento y adaptación a la normativa interna del penal, contando con una oferta laboral concreta. Arguye que la resolución es ilegal, al no fundamentar dicha decisión. Pide, en definitiva, se acoja la presente acción de amparo, disponiendo que se deje sin efecto la r

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N°3 del Decreto Ley N°321 de 1925, 12 del Decreto N°338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Francisco Miguel Belmar Fernández, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2430-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de junio de dos mil veintiséis. Al escrito de folio 7: a lo principal y otrosí, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Valeska Orellana Córdova, quien recurre de amparo a favor de Francisco Miguel Belmar Fernández en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado el beneficio de libertad condicional solic

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