MANUEL GUILLERMO PEÑA CONTRERAS Y OTROS CON MARTA DEL CARMEN PEÑA CONTRERAS
Rol
Fecha
1 de junio de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, y apareciendo de los antecedentes que la demandada del caso goza de privilegio de pobreza y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales, se revoca en lo apelado la sentencia de veintidós de mayo de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Talcahuano, en los autos ROL C-1287-2022, del ingreso de dicho tribunal, solo en cuanto por ella se condenaba a la parte Marta del Carmen Peña Contreras al pago de las costas de la causa, y en su lugar se declara que la misma queda exenta de dicho pago. Regístrese y devuélvase. Redacción del ministro señor Rafael Andrade Díaz. N° Civil-2341-2025.
Fallo
se declara que la misma queda exenta de dicho pago. Regístrese y devuélvase. Redacción del ministro señor Rafael Andrade Díaz. N° Civil-2341-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción bpv Concepción, uno de junio de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, y apareciendo de los antecedentes que la demandada del caso goza de privilegio de pobreza y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales, se revoca en lo apelado la sentencia de veintidós de mayo de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Ju
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