SIN INFORMACION

LOYOLA MONTERO CRISTOFER ENRIQUE / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC).

Rol

Fecha

1 de junio de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Felipe Santander Pablot, quien recurre de amparo a favor de Cristofer Enrique Loyola Montero, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado el beneficio de libertad condicional solicitado para el amparado, quien se encuentra recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina II. Relata que la Comisión de Libertad Condicional correspondiente a abril de 2026 resolvió denegar la Libertad Condicional a pesar de cumplir con todos los requisitos que establece el Decreto Ley N°321. Expresa que mantiene los 7 últimos bimestres muy buena conducta y su fecha de cumplimiento de pena está fijado para el día 17 de agosto de 2028. Indica que cumplió con el requisito exigido por ley en cuanto al tiempo mínimo, establecido para acceder a la libertad condicional el día 17 de agosto de 2024. Menciona que dentro de las labores de reinserción social realizadas por el condenado dentro de la unidad penal se encuentran algunas como drac de literatura, curso de control de la ira y la hostilidad, curso de control de la impulsividad y que actualmente se encuentra realizando curso de asociación a pares, contando con apoyo de su pareja y familiares, para poder reinsertarse en la sociedad. Arguye que la resolución es ilegal, al no fundamentar dicha decisión. Pide, en definitiva, se acoja la presente acción de amparo, disponiendo que se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional, decretando que se le concede dicha libertad. SEGUNDO: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidenta, ministra Lidia Poza Matus, quien señaló que el amparado fue postulado por el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina II y que, mediante resolución de 30 de abril pasado, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio correspondiente al primer semestre del año en curso. Adjunta la resolución de dicha comisión, la cual indica: “3°) Que al r

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N°3 del Decreto Ley N°321 de 1925, 12 del Decreto N°338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Cristofer Enrique Loyola Montero, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2384-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de junio de dos mil veintiséis. Al escrito de folio 7: sin perjuicio de su pertinencia, atendido que lo impugnado es la decisión de la Comisión de Libertad Condicional librada con anterioridad a lo informado, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Felipe Santander Pablot, quien recurre de amparo a favor de Cristofer Enrique L

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica