Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Santiago

SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA PROSEGUR CHILE S.A./PROSEGUR CHILE S.A.

Rol

C-62-2023

Fecha

25 de marzo de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

visto adem s, lo dispuesto por los art culos 452, 464 N 1,á í ° 465, 466, 470 y siguientes del C digo del Trabajo, 1567 y siguientes yó 1698 y siguientes y 2295 y siguientes del C digoó Civil SE RESUELVE: I. Que se acoge la excepci nó de pago opuesta Código: WHETXMXXJGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl por la demandada. II. Ejecutoriada la presente resoluci n, p ngase t rminoó ó é a la ejecuci n y d jese sin efecto la medida deó é retenci n decretada en autos. ó III. Que cada parte pagar sus costas. á Reg strese,í notif queseí por correo electr nicoó a las partes y arch veseí en su oportunidad. RIT: C-62-2023 RUC: 22-4-0430714-6 Pronunciada por el ( la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electr nica avanzada.ó En Santiago a veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro, se notific por el estado diario la resoluci n precedente.ó ó Código: WHETXMXXJGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-25T11:08:35-0300

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 6 de enero de 2023 se ha remitido avenimiento para su cumplimiento en este Tribunal mediante el cual la demandada se oblig a pagar a la demandante la suma nica y totaló ú de $1.440.791.- al d a 10 de diciembre de 2022.í SEGUNDO: Que la ejecutada opone excepci n de pago de laó deuda, se alando que por un problema en el proceso de pago porñ transferencia, reci n con fecha 29 de diciembre de 2022 se pudoé efectuar el pago por la suma de $1.446.352.- en la cuenta bancaria del sindicato demandante, por lo que antes de iniciarse la ejecuci n, laó deuda ya estaba cumplida. TERCERO: Que la demandante evacu traslado a la excepci nó ó opuesta allan ndose al pago, pero con observaciones, haciendo presenteá que a la poca en que se present el escrito de incumplimiento a n noé ó ú se cumpl a el acuerdo y que la demandada se comprometi a pagar elí ó 10 de diciembre de 2023, no el 29 de diciembre de 2023. CUARTO: Que la demandante acompa como nicoñó ú antecedente comprobante de transferencia electr nica de fecha 29 deó diciembre de 2024 por la suma de $1.446.352.- dirigida a SINDICATO N 1 PROSEGUR CHILE, instrumento que no fue objetado dentro de° plazo legal que se encuentra vencido. QUINTO: Que tanto del m rito de los antecedentes, de loé expuesto por una y otra parte, del documento acompa ado y enñ especial teniendo presente que la demandante se allan al pago alegadoó por la demandada, es que se acoger la excepci n opuesta. á ó Y visto adem s, lo dispuesto por los art culos 452, 464 N 1,á í ° 465, 466, 470 y siguientes del C digo del Trabajo, 1567 y siguientes yó 1698 y siguientes y 2295 y siguientes del C digoó Civil

Fallo

SE RESUELVE: I. Que se acoge la excepci nó de pago opuesta Código: WHETXMXXJGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl por la demandada. II. Ejecutoriada la presente resoluci n, p ngase t rminoó ó é a la ejecuci n y d jese sin efecto la medida deó é retenci n decretada en autos. ó III. Que cada parte pagar sus costas. á Reg strese,í notif queseí por correo electr nicoó a las partes y arch veseí en su oportunidad. RIT: C-62-2023 RUC: 22-4-0430714-6 Pronunciada por el ( la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electr nica avanzada.ó En Santiago a veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro, se notific por el estado diario la resoluci n precedente.ó ó Código: WHETXMXXJGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-25T11:08:35-0300

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos; Que con fecha 6 de enero de 2023 ha sido remitido a este Tribunal para su cumplimiento avenimiento presentado por las partes con fecha 9 de diciembre de 2022 ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, aprobado por el Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago don Eduardo Alejandro Ram rezí Urquiz

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