SIN INFORMACION

MARTINEZ ROSALES CLAUDIO VLADIMIR / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

1 de junio de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Claudio Vladimir Martínez Rosales, quien recurre de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado el beneficio de libertad condicional solicitado para el amparado, quien se encuentra recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, solicitando se ordene a dicha comisión conceder dicho beneficio, por cumplir con los requisitos del Decreto Ley N°321. No se consignan

Fundamentos

fundamentos adicionales en el libelo que dio origen a la formación de esta causa. SEGUNDO: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidenta, ministra señora Lidia Poza Matus, quien señaló que el amparado fue postulado por el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, y que mediante resolución de fecha 29 de abril pasado, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio correspondiente al primer semestre del año en curso. Adjunta la resolución de dicha comisión, la cual indica: “3°) Que al revisar los antecedentes del interno quien cumple condena por el delito de abuso sexual de menor de 14 años, con contacto corporal, en carácter reiterado- contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el "Formulario Consolidado de Postulación", copias de las sentencias expedidas en su contra, antecedentes pretéritos por el mismo delito, e "Informe de Postulación Psicosocial" con su correspondiente documentación de respaldo, ponderados por esta Comisión con arreglo a las atribuciones que el Decreto Ley N°321 otorga, se puede comprobar que si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. 4°) Que, en efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno de mediano compromiso delictual, reincidente del delito de abuso sexual consumado y reiterado de menor de 14 años, se identifican como factores de riesgo y necesidades que no han sido abordados en la persistencia de conductas transgresoras y la vinculación a contextos de riesgo. Se señala que el postulante reconoce su autoría y responsabilidad por los hechos que motivan la condena, sin embargo, muestra conciencia incipiente del daño causado a la victima, su familia y a sí mismo, y evidencia deficiencias en resolución de conflictos y autocontrol, refiriendo que el delito actual no fue planificado sino impulsivo. En cuanto a su disposición para el cambio, se encuentra en etapa contemplativa, identificando necesidades de cambio y dispuesto a recibir intervención. Considerando lo expuesto, se hace necesario implementar estrategias intramuros orientadas al desarrollo de herramientas que le permitan enfrentar situaciones adversas, así como favorecer la toma de conciencia del daño causado, habilidades de auto control y fortalecer su capacidad empática en relación con su comportamiento hacia los demás. 5°) Que los aspectos antes mencionados, se demuestra, por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probado

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N°3 del Decreto Ley N°321 de 1925, 12 del Decreto N°338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Claudio Vladimir Martínez Rosales, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2358-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de junio de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Claudio Vladimir Martínez Rosales, quien recurre de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado el beneficio de libertad condicional solicitado para el amparado, quien se encuentra recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, solicita

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