MP C/ DIEGO PATRICIO VILLANUEVA CONTRERAS
Rol
Fecha
1 de junio de 2026
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado y teniendo presente que de conformidad al relato de los hechos efectuado por el Ministerio Público, el imputado ingreso a un local comercial, esto es, un lugar no habitado, se estima que respecto a la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, se encuentra acreditado por ahora un delito de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado y en cuanto a la necesidad de cautela, cuenta con un domicilio conocido, vive con su padre y una actividad laboral, por lo que no se reúne los requisitos de la letra c) de la disposición citada, por lo que otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes para garantizar su presencia en los actos del procedimiento, se revoca la resolución apelada de veinticinco de mayo de dos mil veintiséis, dictada por el del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Diego Patricio Villanueva Contreras y, en su lugar, se declara que se la deja sin efecto. El tribunal mencionado deberá fijar audiencia para determinar la procedencia de otras medidas cautelares. Dese orden de libertad en favor del imputado, si no estuviere privado de ella por otra causa o motivo. Notifíquese por la vía más expedita, por email, telefónicamente y devuélvase. N° Penal-1365-2026.
Fallo
se declara que se la deja sin efecto. El tribunal mencionado deberá fijar audiencia para determinar la procedencia de otras medidas cautelares. Dese orden de libertad en favor del imputado, si no estuviere privado de ella por otra causa o motivo. Notifíquese por la vía más expedita, por email, telefónicamente y devuélvase. N° Penal-1365-2026.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a uno de junio de dos mil veintiséis, se da inicio a esta audiencia a las 09:31 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra señora Marcela Figueroa Astudillo e integrada por el Ministro Suplente señor Germán Manuel Núñez Romero y el Abogado Integrante señor Ricardo Saavedra Alv
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